Cuadro RW 2025: obligaciones fiscales, novedades, criptomonedas
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La cumplimentación del cuadro RW en el modelo de declaración de la renta para personas físicas es una obligación fiscal fundamental para todos los contribuyentes residentes en Italia —independientemente de su nacionalidad— que posean activos financieros e inmuebles en el extranjero .
¿Cuándo es necesario rellenar el cuadro RW?
El cuadro RW debe rellenarse si se poseen activos financieros o patrimoniales en el extranjero, tales como:
- Cuentas corrientes en el extranjero, depósitos bancarios y valores.
- Participaciones en sociedades extranjeras
- Criptomonedas almacenadas en monederos personales, intercambios extranjeros o monederos fríos.
- Inmuebles (apartamentos, villas, terrenos)
Esta obligación de declaración sirve para controlar las actividades mantenidas en el extranjero y para aplicar correctamente los impuestos previstos por la ley italiana.
¿Cuánto se paga?
- Sobre los activos financieros mantenidos en el extranjero sin la intermediación de un residente, se debe pagar el IVAFE (Impuesto sobre el Valor de los Activos Financieros mantenidos en el Extranjero) en una proporción del 0,2% anual de su valor. valor de mercado. Para las cuentas corrientes extranjeras con un saldo medio superior a 5.000 euros, se prevé un importe fijo mínimo de 34,20 euros al año.
- Sobre los inmuebles poseídos en el extranjero se aplica el IVIE (Impuesto sobre el Valor de los Inmuebles en el Extranjero) en la medida de 1,06% anual (hasta 2023 era del 0,76%) calculado sobre el valor catastral o el valor de compra del inmueble.
Criptomonedas: control fiscal, tributación, revalorización
Las criptomonedas deben declararse anualmente en el apartado RW del modelo de declaración de la renta de las personas físicas y, desde 2023, están sujetas al IVAFE con un tipo impositivo del 0,2% sobre su valor a 31 de diciembre del año de referencia de la declaración. A partir de 2025, la normativa fiscal prevé la eliminación del umbral de exención de 2.000 euros para las plusvalías procedentes de criptomonedas que, hasta entonces, podían no declararse si estaban por debajo de dicho importe mínimo.
Las ganancias de capital derivadas de la venta de criptomonedas. deben declararse en el apartado RT del modelo Redditi si no son gestionadas por intermediarios italianos que actúen como sustitutos de impuestos. El impuesto sobre las ganancias de capital derivadas de la venta de criptomonedas y operaciones similares aumentará del 26% actual al 33% a partir de 2026.
Para aquellos que no hayan incumplido las obligaciones de monitorización, es posible, excepcionalmente y hasta el 15/11/2025, proceder a la revaluación fiscal de las criptomonedas poseídas al 1/01/2025, pagando un impuesto sustitutivo del 18% sobre el valor revaluado, con el fin de reducir la imposición futura, sobre todo en vista del aumento de la tributación sobre las ganancias de capital al 33% en 2025. El impuesto sustitutivo puede pagarse en 3 cuotas anuales de igual importe.
Tributación de los intereses sobre activos financieros en el extranjero.
Los intereses devengados por títulos extranjeros, depósitos bancarios o seguros de vida mantenidos en el extranjero tributan como rentas del capital al 26% . Si estos intereses no están sujetos a retención en origen por parte de un intermediario residente, deben declararse en el apartado RM del modelo de declaración de la renta, con la posibilidad de obtener un crédito fiscal por los impuestos ya pagados en el extranjero, evitando así la doble imposición.
Regularización voluntaria por omisiones en la declaración.
En los últimos años, gracias a la mayor eficiencia en el intercambio de información entre Estados, se han vuelto cada vez más frecuentes las cartas de requerimiento de la Agencia Tributaria que invitan a los contribuyentes despistados o inconscientes a cumplir con sus obligaciones declarativas.
En caso de omisiones o errores en la cumplimentación del cuadro RW de años anteriores, a menudo no es aconsejable esperar a la notificación de dichas comunicaciones, sino actuar con antelación para regularizar la situación acogiéndose a la figura del Arrepentimiento activo . Este procedimiento permite subsanar las omisiones pagando los impuestos adeudados más las sanciones correspondientes, aunque reducidas.
Riesgos y sanciones por cumplimentación tardía u omisión de la misma.
Sanción por incumplimiento de las obligaciones de vigilancia. derivada de la omisión o de la cumplimentación incorrecta del cuadro RW, se aplica:
- en una cantidad fija de 258,00 euros en caso de presentación dentro de los 90 días siguientes al vencimiento original (declaración tardía);
- en un porcentaje que oscila entre el 3% y el 15% del importe no declarado (declaración omitida);
- en un porcentaje incrementado del 6% al 30% en caso de países de la lista negra (declaración omitida).
La sanción por la falta de pago del IVIE/IVAFE relacionada con la omisión de la declaración suele ser del 25%.
Conclusiones
El periodo 2025-2026 representa un momento crucial para el control y la tributación de las actividades financieras en el extranjero, con especial atención a las criptomonedas. Una correcta gestión de las obligaciones declarativas, junto con una planificación fiscal adecuada, es esencial para evitar sanciones y optimizar la posición fiscal internacional.
Para obtener ayuda con la cumplimentación del formulario RW o para una consulta específica sobre la revaluación fiscal de las criptomonedas, quedamos a su disposición para ofrecerle soluciones personalizadas.